19 Mar Infracciones habituales (a veces por despiste) y la multa que conllevan
- Permiso de conducir caducado: sabemos que debemos renovar periódicamente el permiso de conducir, en función de nuestra edad, si es un permiso profesional y también según el estado de salud. La infracción es grave, artículo 12.4 del Reglamento General de Conductores, son 200 euros.)
- Vehículo sin seguro. Sabemos que todos los vehículos de motor, ciclomotores y remolque de más de 750 kg. de MMA tienen que estar asegurados, la infracción está tipificada como muy grave según el RDL 8/2004. La multa irá en función del tipo de vehículo, vehículo de qué se trate y si ha sido detectado circulando o estacionado, irá de 601 a 3.005 euros. En el caso de un turismo circulando sin seguro son 1.500 euros.
- ITV caducada. Cada vehículo tiene unos plazos o períodos en los que debe someterse a una inspección ordinaria, la sanción son 200 euros según el artículo 10.1 del Reglamento de Vehículos.
- No llevar documentación. En este caso la sanción se basa en no llevar el permiso de conducir, el permiso de circulación o la tarjeta de ITV. Es una infracción leve al artículo 59.2 de la Ley de Seguridad Vial, tipificado con 60 euros. El recibo del seguro no es obligatorio llevarlo pero sí aconsejable, ya que el Agente comprobará el aseguramiento del vehículo por medios informático, los cuales podrían dar un error y ser denunciados por no poder comprobar la realidad.
- Bajarnos de vehículo en caso de emergencia en vía interurbana sin el chaleco reflectante homologado. Se infringe el artículo 118.3 del Reglamento de Circulación, son 200 euros.
- Conducir sin gafas cuando es obligatorio. 200 euros según el artículo 3 del Reglamento General de Conuctores.
- Conducir si L. El conductor novel que no lleve la placa L se expone a una sanción de 80 euros según el art. 3 del Reglamento de Conductores.
Source: Autoescuela Europa Lugo
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